Toluca, Edomex.- La Legislatura del Estado de México
aprobó, por mayoría de votos, la noche del pasado jueves la Ley de Movilidad
que otorga a las autoridades estatales y los municipios la obligación de
garantizar el libre tránsito vial y la atribución de eliminar cualquier
obstáculo.
El diputado del Partido del Trabajo (PT) Norberto
Morales, en su calidad de integrante de la Comisión parlamentaria de
Comunicaciones y Transportes, votó contra la propuesta, por considerar que la
disposición tiene por objeto criminalizar las marchas.
La nueva disposición local, indicó, es una réplica de la
iniciativa federal promovida el 2 de diciembre de 2014 y que, en su momento,
fue rechazada por el Episcopado de Guerrero, quien consideró inadecuada para su
momento esa ley antimarchas.
Después, recordó, la Conferencia del Episcopado Mexicano
advirtió una crisis humanitaria que ha derivado en inconformidades y, por
tanto, consideró imprudente la aprobación de la Ley de Movilidad.
“Entendemos que a muchas personas no les parezca gente
bien o bonita aquella que protesta y que entorpece la circulación porque no
llegamos a tiempo a nuestro trabajo”, dijo.
Sin embargo, destacó, “en estos momentos de crispación
social, la manifestación es la única forma en la que se libera presión por la
tantas tropelías cometidas en contra de maestros, de ciudadanos considerados
desarrapados porque pelean la aparición de sus 43 hijos, de médicos acusados
injustamente o en contra de la reforma en materia de salud, de las aeromozas o
pilotos que protestan por la desaparición de aerolíneas estatales”.
Con el derecho a la movilidad, acusó, esa válvula de
escape se elimina, y para ello se sumarán esfuerzos de los niveles
interinstitucionales y “se dará pauta a una situación soterrada, pues
estaríamos legalizando el uso de las fuerzas de acción –policiaca– para evitar
obstáculos”, pues una marcha obstruye la movilidad, viola la ley y, por tanto,
debe ser sancionada.
El nuevo ordenamiento jurídico para el Estado de México
integra iniciativas del Ejecutivo mexiquense y del grupo parlamentario del
Partido Acción Nacional (PAN), y obliga a las autoridades estatales y
municipales a garantizar el derecho al libre tránsito por sus vialidades.
El artículo quinto dispone que la movilidad debe estar al
alcance de todas las personas que se desplazan por motivo laboral, de estudio,
comercio, servicios, recreación y cultura en territorio mexiquense, con
especial énfasis a grupos en condición de vulnerabilidad.
Jerárquicamente, el derecho a la movilidad primero debe
garantizarse a peatones, después a ciclistas, usuarios del servicio público de
transporte, transporte de carga, modos individuales públicos, motociclistas y
otros modos particulares.
El artículo sexto reconoce como autoridades en materia de
movilidad al gobernador, la Secretaría de Movilidad, la Secretaría de
Infraestructura, la Secretaría de Finanzas, la Comisión Estatal de Seguridad
Ciudadana –Policía Estatal– y los municipios.
Estas mismas autoridades, además de la Consejería
Jurídica, dos integrantes de la sociedad civil expertos en la materia y un
representante de los transportistas, integrarán el Comité Estatal de Movilidad,
presidido por el mandatario estatal, órgano que podrá tomar decisiones y emitir
resoluciones obligatorias para los miembros del Comité, entre otras
atribuciones.
Los municipios estarán facultados para participar de
manera coordinada con las autoridades en materia de movilidad, “en la
aplicación de la Ley, cuando sus disposiciones afecten o tengan incidencia en
su ámbito territorial”.
El artículo noveno incluye entre las facultades
municipales las de “mantener la vialidad de cualquier tipo libre de obstáculos
u objetos que impidan, dificulten u obstruyan el tránsito peatonal, ciclista,
vehicular, excepto en aquellos casos debidamente autorizados”.
En el ámbito de su competencia, los ayuntamientos podrán
determinar, aplicar y ejecutar las sanciones correspondientes a quienes
incurran en infracciones a esta ley y a sus reglamentos; y promover las
acciones para el uso racional del espacio vial, teniendo como prioridad la jerarquía
de movilidad.
En contraparte, el diputado priista Armando Corona
justificó que en la ley no existe ningún artículo que se relacione con la
prohibición de marchas, y la panista Adriana Hinojosa arguyó que la nueva norma
no impide la libertad de expresión, alguna garantía individual o derecho
constitucional.
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