
Al analizar los
juicios ciudadanos 21, 22 y 23 todos de este año, promovidos contra la
aprobación e integración del Consejo Municipal Electoral encargado de la
organización y validación del proceso de selección de
Delegados, Subdelegados y miembros de los Consejos de Participación Ciudadana
en el municipio de Chicoloapan, en el estado de México así como la convocatoria
respectiva; en este caso, el Pleno de la Sala Regional declaró válidos los
requisitos de la convocatoria relativos a la paridad de género con que deben
integrarse las planillas, mientras que, por otra parte, los magistrados
invalidaron los relativos a la constancia de vecindad, el plan de trabajo y la
acreditación de tener buena reputación, previstos en la base IV de la
convocatoria.
Mérito de lo anterior, la
fecha para celebrar la jornada electoral será pospuesta hasta el domingo 7 de
abril del presente año. Dicha sentencia solo tendrá efecto
para los ciudadanos actores, es decir, respecto de las localidades de San José
Chicoloapan, Cabecera Municipal y Geo Fraccionamiento Geo Villas Hacienda
Costitlán.
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