Ya está en vigor la Ley General para el Control del Tabaco, por lo que, entre otras cosas, queda prohibido fumar en espacios públicos, en lugares de convivencia, entre otros sitios, además, queda totalmente prohibido exhibir, de forma directa o indirecta, cualquier tipo de publicidad de productos del tabaco, estos no podrán ser visibles a los consumidores en las tiendas o supermercados, en todo México.
Estas restricciones aplican desde el 15 de enero y a nivel
nacional, esto con el objetivo de proteger la salud de la ciudadanía, pero,
sobre todo, proteger la salud de los menores de edad, así como evitar comiencen
a fumar en edades tempranas.
Esta ley también disminuye los espacios para fumadores, pues
se ampliarán las zonas libres del humo de cigarro.
Por lo que se deberá evitar fumar en centros de trabajo,
escuelas, hoteles, estadios, plazas comerciales, transporte público, lugares
donde se realizan espectáculos, así como playas, parques o lugares frecuentados
por niños y adolescentes, además, los restaurantes no podrán ofrecer sitios
para fumar.
Esto para ampliar los espacios libres de humo, para el
cumplimiento de lo establecido quedará a cargo la Comisión Federal para la
Protección Contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), también se pone a disposición
el número telefónico 800-033-5050 para denunciar a los fumadores que no
respeten la ley de no fumar.
Respecto a la venta de tabaco, no se podrá hacer ningún tipo
de publicidad para la venta de cigarros y no deberán estar expuestas las
cajetillas, por lo que, si se solicitan estos productos, se deberá mostrar una
lista, en blanco y negro, con las marcas y precios de las cajetillas.
Quien incumpla esta ley será acreedor a una multa de 10 a 30
UMA, es decir, de mil a 3 mil 112 pesos.
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