El maltrato que sufrió un estudiante de primaria, quien fue
amarrado a la silla por su maestra, fue causa de una Recomendación a la
Secretaría de Educación.
** La CODHEM determinó que este degradante castigo vulneró
los derechos humanos del menor y es contrario a las leyes y tratados de
protección a los niños.
Toluca, Méx.- El comportamiento excesivo de una profesora
derivó en una Recomendación a la Secretaría de Educación estatal por parte de
la Comisión de Derechos Humanos de la entidad, luego de comprobarse la
vulneración a los derechos fundamentales de un alumno de primaria, quien, a
manera de medida disciplinaria, fue amarrado a una silla con cinta adhesiva por
su maestra, además de recibir agresiones verbales y amenazas de volver a ser
sujeto al mismo castigo.
Debido a lo anterior, la CODHEM recomendó a la Secretaría de
Educación buscar los mecanismos para que el niño reciba atención psicológica
personalizada, a la par de evaluar si la maestra Itzel Anaid Mejía Rojas, es
apta para desempeñar el servicio docente frente a grupo y si cuenta con las
características profesionales y psicológicas para tal encomienda.
Incluso, la dependencia deberá emitir una circular en la que
directores y supervisores, al enterarse de cualquier castigo de esta naturaleza
de inmediato den aviso a la Contraloría Interna y a las autoridades
competentes, al tiempo de realizar investigaciones más detalladas sobre estos
asuntos.
La CODHEM indicó que esta no fue una conducta aislada sino
que se recabaron testimonios que señalan la repetición de estas medidas
ilegales y desproporcionadas por parte de la profesora contra otros alumnos,
quienes de igual manera eran amarrados a la silla y sometidos a violencia
psicológica mediante regaños y amenazas.
El Organismo defensor de los derechos humanos, informó que
tras la investigación derivada de la queja presentada por la mamá del menor, se
determinó que la profesora, adscrita a la Escuela Primaria “Sor Juana Inés de
la Cruz”, del municipio de Zumpango transgredió el derecho del niño a la
protección contra castigos corporales y otras formas crueles, inhumanas o
degradantes, además de vulnerar el derecho del menor a la educación.
La CODHEM estableció en su Recomendación que, no obstante
haber conocido de estos hechos, el supervisor escolar, Hilario Barrera Flores,
se limitó a imponer sanciones disciplinarias, sin realizar una investigación
profesional y exhaustiva, además de sugerirle a la maestra que solicitara su
cambio de adscripción “para tener contenta a la mamá”.
Para la Defensoría de Habitantes, dicha actuación demostró
desinterés, pues resulta preocupante que las autoridades educativas aborden y
resuelvan asuntos tan delicados como un trámite administrativo más, en lugar de
realizar una investigación seria y profesional, en la que se proteja por sobre
todo el interés superior del niño.
De acuerdo con la Comisión, pasaron alrededor de siete meses
para que alguna autoridad interviniera y el resultado fue una medida de
corrección irrisoria, conformándose con la amonestación, sin dar parte a la
Contraloría interna.
Aunado a lo anterior, al momento de ejecutar dichos actos,
la profesora incumplía los requisitos de ingreso al sistema educativo, ya que
cursaba los primeros cuatrimestres de la licenciatura en Pedagogía, y no
contaba con el título profesional, situación contraria a lo establecido en el
artículo 102 de la Ley de Educación del Estado de México.
Así, la Defensoría de Habitantes concluyó que los servidores
públicos Itzel Anaid Mejía Rojas, Ayde Mayeli Godínez Vargas, Rubén Mancilla
Padilla e Hilario Barrera Flores, omitieron cumplir con máxima diligencia el
servicio encomendado en franca violación a los derechos humanos del menor y sus
compañeros.
Por lo que toca a Ayde Mayeli Godínez Vargas, directora
escolar, sólo reprobó esta conducta, pero no tomó ninguna acción efectiva para
proteger al menor agraviado; en tanto que Rubén Mancilla Padilla e Hilario
Barrera Flores, supervisores de zona,
mostraron una actuación muy deficiente al no indagar correctamente los hechos
ni procurar la protección del niño.
Respecto a la profesora, a la fecha de emitirse la
Recomendación, aún no cuenta con su título profesional y existe evidencia de
que ejerce estos métodos de corrección de manera recurrente.
Finalmente, el Organismo recomendó investigar y determinar
las sanciones que en su caso correspondan; y, la implementación de cursos de
capacitación en materia de derechos humanos, en particular sobre la prohibición
de aplicar castigos corporales y otros correctivos crueles, inhumanos o
degradantes.
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