El artículo 66 del nuevo reglamento establece que las
licencias para conducir se cancelarán al acumular 12 puntos de penalización,
los cuales serán registrados por la Secretaría de Finanzas con base en las
boleras de sanción expedidas por la Secretaría de Seguridad Pública del
Distrito Federal.
De esta manera, por ejemplo, al superar el nuevo límite de
velocidad en vías primarias, que será de 50 kilómetros por hora, el infractor
será acreedor a una multa de entre 6oo y mil 399 pesos, pero también será
penalizado con tres puntos.
O conducir un vehículo motorizado en estado de ebriedad
significará 36 horas de arresto administrativo y la penalización con seis
puntos en la licencia, o tocar la bocina de los vehículos con fines distintos a
evitar un hecho de tránsito representará una sanción de entre 349 y 699 pesos y
la penalización de un punto.
Así, cuando un infractor acumule 12 puntos de penalización
su licencia para conducir será cancelada y no podrá ser reexpedida en un
periodo de tres años; la acumulación de puntos no eximirá al titular de la
licencia de cumplir con la sanción económica correspondiente.
Los puntos de penalización tendrán una vigencia de un año a
partir de la fecha de la expedición de la boleta de sanción y en caso de que un
automovilista cuya licencia haya sido cancelada y maneje un vehículo en el
lapso de tres años será motivo de remisión de la unidad al corralón y una multa
de 12 mil 591 pesos.
MULTAS DE SEIS PUNTOS
-Circular por carril exclusivo de transporte público
-Motociclistas que circulen por ciclovías
-Estacionarse en lugares para personas con discapacidad
-Organizar o participar en competencias de velocidad
-Conducir en estado de ebriedad
-Superar límite de velocidad en zonas de hospitales y
escolares
MULTAS DE TRES PUNTOS
-Superar los límites de velocidad en vías primarias,
secundarias y de acceso controlado
-Invadir cruces peatonales
-Invadir área de espera para bicicletas
-Circular detrás de vehículos de emergencia que transiten
con señales luminosas y audibles encendidas
-Remolcar o empujar otros vehículos motorizados
MULTAS DE UN PUNTO
-Motociclistas que circulen sobre aceras y áreas peatonales
-Circular entre carriles, salvo cuando el tránsito vehicular
se encuentre detenido
-Motociclistas que no porten aditamentos luminosos en
horario nocturno
-Tocar la bocina con un fin distinto al de evitar un hecho
de tránsito
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