Por negar la atención a una mujer víctima de robo de sus
pertenencias, incluyendo documentos y ropa, la Comisión de Derechos Humanos del
Estado de México emitió la recomendación 27/2015 a la Procuraduría General de
Justicia del Estado de México, además de la 28/2015, debido a la intervención
sin atribuciones del oficial mediador y conciliador.
Los hechos se registraron en octubre de 2014, cuando la
víctima de robo acudió al Centro de Atención Ciudadana (CAC) de El Oro para
presentar una denuncia formal contra la persona que saqueó su domicilio, sin
embardo, debido a que se trataba de probables hechos configurativos del delito
de robo al interior de habitación, no se inició la carpeta de investigación y
se le remitió al Oficial Conciliador de Temascalcingo.
La investigación determinó que a pesar de que el hecho
denunciado era constitutivo de un delito y debía ser atendido por la instancia
legal correspondiente, el oficial conciliador de Temascalcingo convocó a los
involucrados a un arreglo conciliatorio e incluso, el alcalde municipal de
Temascalcingo trató de convencerla de aceptar una cantidad a cambio de sus
pertenencias.
Debido a estos hechos, la Codhem determinó la existencia de
violaciones al derecho de acceso a la justicia, y añadió que se omitió el
inicio de una investigación efectiva y oportuna, propiciando dilación en la
procuración de justicia, ya que fue hasta seis meses después que se radicó la
denuncia por robo.
Entre los puntos recomendatorios se pide instruir al
personal operativo del CAC de El Oro, ajustar su actuación al Código de Ética y
Conducta para Funcionarios encargados de hacer cumplir la ley y se ordenó al
alcalde que la titularidad de la oficialía conciliadora sea encomendada a un
profesionista con el perfil y la certificación que señala la ley.
También pidió emitir una circular para ordenar a los
servidores públicos de la Oficialía Mediadora y Conciliadora, abstenerse de
intervenir en asuntos que no sean de su competencia.
En ambos casos, se instruyó solicitar por escrito al titular
del órgano de control interno, anexar al expediente disciplinario respectivo,
copia certificada de la recomendación, e implementar cursos de capacitación en
materia de derechos humanos y del marco jurídico vigente.
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