jueves, 29 de septiembre de 2011

Debate SCJN este jueves sobre reforma antiaborto en SLP

MÉXICO, D.F., septiembre 29 .- Luego de tres de discusiones sobre la constitucionalidad de reformas a la ley antiaborto en Baja California, este jueves, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) continuará con el tema, ya que el pleno analizará ahora la reforma de San Luis Potosí, que también protege la vida desde la concepción.

De no haber impedimentos jurídicos, se prevé que este caso sea resuelto de manera similar al de Baja California.
El 3 de septiembre de 2009, el Periódico Oficial de San Luis Potosí publicó una reforma al artículo 16 de la Constitución Política que señala que el estado reconoce la vida humana como fundamento de todos los derechos de los seres humanos, por lo que la respeta y protege desde el momento de su inicio en la concepción. Queda prohibida la pena de muerte, la cual no podrá aplicarse en ningún caso.
"No es punible la muerte dada al producto de la concepción, cuando sea consecuencia de una acción culposa de la mujer; el embarazo sea resultado de una violación o de una inseminación indebida; o de no provocarse el aborto la mujer corra peligro de muerte", explica el texto.
Ante ello, diputados integrantes de la Quincuagésima Novena Legislatura del Congreso de San Luis Potosí promovieron una Acción de Inconstitucionalidad ante la Suprema Corte solicitando la invalidez del precepto.
Apenas ayer se determinó que el artículo 7 de la Constitución de Baja California, que protege la vida desde la concepción, seguirá vigente al no reunir los votos necesarios para invalidarla en la Suprema Corte.
Siete ministros argumentaron que la reforma viola los derechos fundamentales de las mujeres y es contrario a la Constitución federal, pero se requerían ocho votos para declarar su invalidez, por lo que la acción de inconstitucionalidad fue desestimada sin pronunciamiento de la Corte.
El voto clave lo emitió el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, quien sostuvo que las entidades federativas pueden establecer, en uso de su libertad de configuración legislativa, el momento en que inicia la protección del derecho a la vida, en este caso desde la concepción.
Aseguró, además, que la Constitución federal sí reconoce como titular de derechos al producto de la concepción, con independencia de los derechos de la madre, y que el derecho a la vida también está tutelado en diversos tratados internacionales de los que México es parte, entre ellos, la Convención Americana de Derechos Humanos.
El voto de Pardo se sumó a los de Salvador Aguirre y Guillermo Ortiz, quienes en las sesiones previas argumentaron a favor del derecho a la vida, y al de Margarita Luna, quien insistió en la libertad de configuración legislativa que tienen las entidades federativas para fundamentar su postura.

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