sábado, 1 de septiembre de 2012

TOMARÁN PROTESTA EDILES MUNICIPALES, UNA VEZ QUE SE RINDAN INFORMES

 
 
·   La  LVII Legislatura avaló la iniciativa del Ejecutivopor la que se reforma la Ley Orgánica Municipal en su artículo 18
 
Parafacilitar que los integrantes electos de los nuevos ayuntamientos –presidentesmunicipales, síndicos y regidores- cumplan con la obligación constitucional derendir protesta, la LVII Legislatura aprobó la iniciativa del Ejecutivo estatal,que establece como periodo para hacerlo el mes de diciembre anterior al iniciode funciones de las nuevas administraciones locales.
 
          De acuerdo a esta reforma al artículo18 de la Ley Orgánica Municipal, la única condición para proceder con laprotesta constitucional, es que se realice una vez rendidos los informes delabores de los ayuntamientos salientes. 
 
          La reforma armoniza esta obligación delos nuevos ediles, con otras modificaciones jurídicas previamente avaladas que ajustanlos periodos municipales para que correspondan con el año natural y fiscal, esdecir, inicien en enero del año que corresponda y culminen el último día delmes de diciembre. 
 
          Por lo tanto, las actualesadministraciones municipales serán las últimas que hayan iniciado en el mes deagosto y las primeras que concluyan en diciembre. Asimismo, las próximas, queinician el 1 de enero de 2013, serán las primeras que inicien el 1 de enero delaño correspondiente.
 
Eldecreto aprobado mantiene la disposición de que el presidente electo proteste ante un representante designado por el Ejecutivodel Estado y, a su vez, de inmediato haga lo propio con los demás miembros delayuntamiento electo.

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