martes, 31 de julio de 2012
· Comisiones aprueban reformas y adiciones al Código Civil y de Procedimientos Civiles.
· Garantizan representación jurídica para menores y otras personas especialmente protegidas por la Ley.
Especificar
los casos en que se requiera la intervención del Ministerio Público en
procesos judiciales de naturaleza civil y familiar, cuando los derechos e
intereses de menores de edad, incapaces u otras personas especialmente
protegidas por la Ley se vean en conflicto o amenazados, es el objetivo
de las reformas y adiciones a diversas disposiciones del Código Civil y
de Procedimientos Civiles del Estado de México, aprobadas por las
Comisiones Unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales y de
Procuración y Administración de Justicia de la LVII Legislatura estatal.
La
iniciativa, avalada por unanimidad, fue formulada por el Ejecutivo
estatal y tiene como finalidad brindar protección en los casos donde
exista riesgo de que los afectados carezcan de una representación jurídica eficaz y puedan quedar en estado de indefensión.
Estipula
que se cuida el interés superior de los menores e incapaces, toda vez
que la autoridad judicial estará obligada a velar por ellos, ya sea
nombrando a los tutores y curadores correspondientes o requiriendo la
intervención del Ministerio Público, en los casos en que advierta una
falta de representación legal o, incluso, cuando se percate que el
representante es omiso o actúa en contra de los intereses de aquellos.
Se
plantea suprimir la figura de Ministerio Público adscrito, a fin de
potenciar las capacidades de investigación y persecución de los delitos,
por ser ésta la función que más atención requiere y ser el principal
reclamo de la sociedad.
Por
lo tanto, los Ministerios Públicos que actualmente se encuentran
adscritos a los órganos jurisdiccionales en materias civil y familiar,
serán incorporados en las funciones propias de investigación.
Establece
que la intervención del Ministerio Público se realice por conducto de
las unidades administrativas que determine el Procurador General de
Justicia del Estado de México.
El
documento aclara que la autoridad judicial a cargo de los procesos
civiles y familiares está obligada, por la Constitución y los
ordenamientos jurídicos, a velar por el interés superior de los menores,
incapaces y personas especialmente protegidas por la Ley.
No hay comentarios:
Publicar un comentario