sábado, 27 de diciembre de 2014

El reto de las Candidaturas Independientes en el Estado de México

El pasado 8 de diciembre de 2014 el Instituto Electoral del Estado de México “IEEM” emitió la Convocatoria (http://www.ieem.org.mx/2014/cindependientes/#) a todas las ciudadanas y ciudadanos del Estado de México interesados en postularse como candidatas y candidatos independientes a los cargos de diputados, por el principio de mayoría relativa, a la “LIX” 
Legislatura del Estado de México para el ejercicio constitucional comprendido del 5 de septiembre de 2015 al 4 de septiembre de 2018, y miembros de los Ayuntamientos, por el principio de mayoría relativa, que conforman el Estado de México, para el período constitucional comprendido del 1 de enero de 2016 al 31 de diciembre de 2018, en las elecciones que se llevarán a cabo el 7 de junio de 2015; para ello deben cumplir con lo dispuesto en los artículos 28, 40, 119 y 120 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, así como los artículos 17 y 118 del Código Electoral del Estado de México. A la fecha de esta publicación no se ha recibido aún ninguna manifestación de voluntad para participar como candidat@ Independiente.

Mucho se ha hablado sobre las dificultades que representa para la ciudadanía cumplir con todos los requisitos de ley; a pesar de ello, tanto a nivel federal como a nivel local en algunas entidades federativas y en el Distrito Federal se recibieron ya solicitudes para elregistro correspondiente.

Para hablar en particular del Estado de México analicemos brevemente los antecedentes que permitieron llegar a la convocatoria antes citada.
En 2007 tuvo lugar un debate académico[1] en el que se sostenía el beneficio de reconocer la figura de Candidaturas Independientes en México como herramienta en contra de la partidocracia y como solución para reducir la apatía ciudadana.

Ya en 1998, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos “CIDH” emitió una recomendación a México para ampliar el acceso a ejercer el derecho a ser votado, como parte de la estrategia para la consolidación democrática (CIDH, 1998, p. 502).

El Congreso de la Unión después de tres largos años aprobó en 2012 la reforma constitucional al artículo 35, fracción II, esta reforma fue consecuencia de una iniciativa del Ejecutivo Federal presentada desde el 15 de diciembre de 2009, a pesar del largo proceso legislativo la incorporación de las Candidaturas Independientes fue de gran trascendencia para la democracia mexicana al reconocerse el derecho a ser candidato independiente.

Ya con la figura de Candidaturas Independientes en nuestra Carta Magna, la reforma Constitucional y Legal en materia político electoral de marzo de 2014 vino a concretar y reglamentar la participación de esta figura a partir del presente proceso electoral 2014-2015.

La regulación para las Candidaturas Independientes en el Estado de México es un poco más compleja que algunas otras entidades, debemos considerar en primer lugar la elevada densidad demográfica del Estado de México, es la entidad federativa con mayor población con la cantidad de 15´175,862 habitantes. (Según la estadística publicada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía en su sitio web: www.inegi.org.mx) motivo por el cual lo lleva a tener el padrón electoral más numeroso del país, con un total de 11´280,712 electores (http://www.ieem.org.mx/numeralia/lista_nominal.html); es la cuarta entidad federativa con más municipios del país (125 en total), dentro de los cuales contamos al municipio más poblado de México: Ecatepec de Morelos, que por sí solo tiene un padrón electoral de 1´282,313 electores. Aunado a lo anterior, el sistema electoral mexiquense cuenta con la mayor cantidad de distritos electorales locales (45 distritos uninominales).

En el Estado de México, en 2013 el diputado Horacio Jiménez López del Partido Movimiento Ciudadano, presento una iniciativa (publicada en la Gaceta Parlamentaria correspondiente al 12 de julio de 2013) mediante la cual se pretendía reformar el Código Electoral y la Constitución del Estado de México para regular las Candidaturas Independientes, dicha iniciativa fue dictaminada el 20 de julio de 2013 y su publicación en la Gaceta del Gobierno fue el 7 de agosto del mismo año (Gobierno del Estado de México, 2013, pp. 2-5), el dictamen aprobado únicamente modificó el texto constitucional local, sin reformar el Código Electoral; como dato importante podemos mencionar que en el artículo 3o. transitorio de dicho decreto se estableció que la legislatura tendría un año para realizar las adecuaciones legales pertinentes. A pesar de que ésta no trascendió a la norma jurídica positiva, debemos tomarla en consideración por lo destacable de su exposición de motivos en el que se hizo referencia explícita a la dimensión del derecho al sufragio como derecho humano en el Estado de México.

La LVIII Legislatura del Estado de México llevó a cabo las reformas a la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México y al Código Electoral del Estado de México a fin de dar cabal cumplimiento al Artículo Cuarto transitorio de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales con el fin de armonizar en lo conducente a la citada Ley General.

Las condiciones están plasmadas ya en la norma y en la convocatoria correspondiente; ya se han manifestado en la propia sede del Instituto Electoral del Estado de México dos organizaciones o asociaciones que han manifestado la intención de apoyar y orientar a quien le interese participar bajo el esquema de esta nueva oferta política, algunos ciudadanos se han acercado a pedir mayor información, aún no se concreta ninguna solitud de registro pero esperemos a que a más tardar el día 24 de enero de 2015, fecha en la que vence el plazo, quienes tengan la intención de participar realicen todos los tramites en tiempo y forma.

No olvidemos que las Candidaturas Independientes son una modalidad y una oportunidad mediante la cual se ejerce el derecho al sufragio pasivo, su distintivo es que en ésta no participan los partidos políticos.

El reto está en el aire, es tanto para la ciudadanía en la consecución del Empoderamiento Ciudadano como para las instituciones y autoridades, sin dejar de lado a los propios partidos políticos, la solución no es la participación ciudadana per se, es tan solo la mejor herramienta para lograr los verdaderos cambios que la sociedad y el país requieren, está bien levantar la voz, pero si la acompañamos de una propuesta ordenada y apegada a la ley, entonces, solo entonces se tendrá la fuerza y calidad moral para exigir con nuestro sufragio el destino que queremos

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