La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional
Electoral (INE) declaró improcedente adoptar medidas cautelares contra el
promocional de radio y televisión denominado “Adultos mayores, jóvenes” pautado
por Morena en el Estado de México.
En sesión extraordinaria urgente, el organismo determinó
desechar la queja por un supuesto uso indebido de la pauta en período de
intercampaña, así como un posicionamiento indebido de su dirigente nacional,
Andrés Manuel López Obrador, y aparentes actos anticipados de campaña.
Por unanimidad, la
Comisión determinó que la aparición del líder nacional de Morena no generaría
una violación a lo establecido en la normatividad constitucional o legal en
materia electoral, ni afecta alguno de los principios que rigen los procesos
electorales.
De esta manera,
estimó que no amerita la suspensión de su difusión, pues se trata de mensajes
genéricos con el fin de posicionar la ideología del partido. Sobre los
supuestos actos anticipados de campaña de los que acusaba el Partido
Revolucionario Institucional (PRI) con respecto al contenido del spot
denunciado se tomó como base un reciente pronunciamiento de la Sala Superior
del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
La comisión consideró que la difusión de frases como:
“aumentar la pensión a los adultos mayores” y “también nos va a alcanzar para
que todos los jóvenes… tengan garantizado el derecho al estudio y el derecho al
trabajo”, no implican una propuesta de gobierno o promesa de campaña.
La comisión también declaró improcedencia de medidas
cautelares solicitadas por el PRI contra la difusión de los promocionales
“Periódico”, “Novios Coahuila” y “Orgullo Coahuila” difundidos por el Partido
Acción Nacional (PAN) en la entidad, por supuesto uso indebido de la pauta
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